Desistimiento del contrato de alquiler
Derecho del inquilino de vivienda habitual a dejar el contrato antes de tiempo una vez transcurrido un plazo mínimo (en torno a seis meses), avisando con la antelación que marque la ley. El contrato puede prever una indemnización a favor del casero por las mensualidades que falten.
Qué es Desistimiento del contrato de alquiler
El desistimiento permite al arrendatario poner fin al contrato de alquiler de vivienda habitual de forma anticipada, sin necesidad de alegar causa, siempre que haya pasado el periodo mínimo que fija la ley desde el inicio y se preavise al arrendador con la antelación legal. Es un derecho del inquilino que no puede excluirse en perjuicio suyo.
Cómo funciona
Cumplido el plazo mínimo (habitualmente seis meses de contrato) y preavisando con la antelación legal, el inquilino comunica que se va y entrega la vivienda. El contrato puede haber pactado una indemnización para el casero: como referencia, suele rondar el equivalente a una mensualidad de renta por cada año de contrato que quede por cumplir, prorrateándose los periodos inferiores al año. Si no hay pacto, no hay indemnización por este concepto.
Por qué es importante
Te permite salir de un alquiler que ya no te conviene (cambio de ciudad, de trabajo, de circunstancias) sin quedar atado todo el plazo, asumiendo en su caso una penalización limitada. Información general; revisa tu contrato y la normativa aplicable.
Datos prácticos
- El desistimiento es distinto de "no renovar": no renovar es esperar al vencimiento; desistir es marcharse antes, una vez pasado el mínimo legal.
- La indemnización por desistimiento solo procede si está expresamente pactada en el contrato; muchos contratos la incluyen, otros no.
- No exige justificar el motivo: basta cumplir el plazo mínimo y el preaviso. Es un derecho del inquilino, no una negociación.
Preguntas frecuentes
¿Puedo irme del piso cuando quiera?
No desde el primer día: la ley exige que haya transcurrido un plazo mínimo (habitualmente seis meses) y que avises con la antelación legal. Antes de ese plazo, marcharte podría considerarse incumplimiento.
¿Tengo que pagar una penalización?
Solo si el contrato lo prevé. Si la pactasteis, suele equivaler a una mensualidad por año que quede por cumplir, prorrateado. Sin pacto expreso, no hay esa indemnización.
¿Pierdo la fianza si desisto?
No por desistir en sí. La fianza se devuelve al final salvo impagos o desperfectos. Otra cosa es la indemnización por desistimiento, que es un concepto distinto.