Presidente de comunidad
Propietario elegido para representar legalmente a la comunidad y dirigir las juntas. Cargo rotativo y obligatorio (1 año habitualmente).
Qué es Presidente de comunidad
El presidente de la comunidad es un propietario elegido en junta para representar legalmente a la comunidad ante terceros (juzgados, administraciones, proveedores). El cargo es obligatorio para cualquier propietario y rotativo (1 año normalmente).
Cómo funciona
Lo eligen los propietarios en junta. Si nadie se presenta, se sortea. El cargo dura un año (renovable). Sus funciones: convocar juntas, representar legalmente, firmar contratos, supervisar al administrador.
Por qué es importante
Si te toca, hay que aceptar (la LPH lo hace obligatorio). Es un cargo no remunerado. Más responsabilidad legal que poderes reales (las decisiones las toma la junta, no el presidente).
Datos prácticos
- El cargo es obligatorio y rotativo: cualquier propietario puede serlo.
- Solo se puede rechazar por causa justificada (incapacidad médica, etc.).
- No se cobra: es voluntario y obligatorio a la vez.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que aceptar si me toca?
Sí, salvo causa justificada. La LPH establece la obligatoriedad. Solo discapacidad demostrada o ausencia continuada exime.
¿Cuánto cobra?
Nada. Es cargo voluntario obligatorio.
¿Qué responsabilidad tengo?
Representas a la comunidad ante terceros. Las decisiones que tomes deben respaldarse en acuerdos de junta. Si actúas fuera de ese mandato, puedes responder personalmente.